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Julián Vásquez candidato a primer regidor por AP:
Caso Nueve de Abril, es un tema eminentemente técnico y jurídico y no debe politizarse

Julián Vásquez Ramírez, candidato a la primera regiduría de la municipalidad provincial de San Martín por Acción Popular, dijo que el tema sobre la resolución de alcaldía que deja sin efecto la designación como Centro Poblado Menor al Pueblo Joven 9 de Abril, es eminentemente técnico y jurídico y que se debe ventilarse en esos escenarios.
Lamentó que exista gente metido en política, como es el caso de algunos candidatos a quienes llamó “payasos y politiqueros”, se hayan subido al carro para mentir, confundir y crear falsas expectativas a toda una población, como por ejemplo decir que apoyarían a Nueve de Abril para que se convierta en distrito, cuando existe una Ley que suspende crear nuevos distritos hasta el 31 de diciembre del año 2011.
“Lo que estos candidatos están haciendo es pura demagogia y populismo barato, por que ellos no pueden ofrecer la creación de un distrito tampoco apoyar por que mediante Ley está suspendido la creación de distritos. Los candidatos debemos hacer política con sinceridad y no querer ganar votos mintiendo”, señaló el candidato a primer regidor de Acción Popular.
Respecto a la ejecución coactiva de los fondos de la municipalidad provincial de San Martín, por el alcalde de Pueblo Joven Nueve de Abril, Elías Pérez, dijo que es totalmente ilegal por que nunca desde su creación como Centro Poblado (también ilegal) le asignaron una partida presupuestaria, como si lo tiene el Centro Poblado Santa Rosa de Cumbaza, creada mediante ordenanza municipal que es de 8 mil 200 soles mensuales.
La pregunta es, en base a que se sacó el monto de devengados, si no existe un monto asignado, la resolución de alcaldía que lo creó (1987) no crea ninguna partida presupuestal mensual, por que para poder cobrar debo saber cuanto me deben, indicó.
Otro aspecto es que la ejecución coactiva de más de 270 mil nuevos soles se hizo en Lima con ejecutores coactivos desconocidos, cuando se debió hacer en Tarapoto. Según Ley 26979 el ejecutor coactivo debe ser contratado por concurso y deben ganar un sueldo (1 700 soles como sueldo) y no comisiones como cobraron los ejecutores coactivos que contrató el señor Elias Pérez pagándoles el 25 por ciento del monto ejecutado es decir 72 mil 500 nuevos soles. Otra observación es que el alcalde de Pueblo Jóven Nueve de Abril no ha convocado a concurso público para ejecutar las obras que viene realizando con el dinero ejecutado de la municipalidad provincial de San Martín.

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